Fecha de Publicación: 07/12/1973
Página: 434-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

   Incorpórase a la ley N.o 10.050 actualizada por la ley N.o 10.757 el siguiente artículo:

   "Artículo 281 bis. La mitad de las vacantes en el grado de General serán provistas de acuerdo al siguiente procedimiento:

a) Se efectuará una prueba escrita sobre un tema relativo a la Seguridad 
   Nacional y Desarrollo, que será sorteado por el Tribunal respectivo 
   entre una lista de temas previamente publicados en la Orden del Comando 
   General del Ejército.
b) Esta prueba será de carácter eliminatorio, calificándose solamente como 
   "Aprobado" y "No Aprobado".
c) Entre los postulantes que hubiesen sido aprobados se aplicará el 
   sistema de selección, a cuyos efectos los señores Generales en 
   situación de actividad, residentes en el país, actuando en Junta, 
   seleccionarán él o los Coroneles que ocuparán las vacantes a proveer 
   por este procedimiento".
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