Fecha de Publicación: 29/01/2016
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 112

   En todo lo no previsto expresamente en las Secciones III y IV del presente Capítulo serán de aplicación, en lo pertinente, las disposiciones del Decreto 500/991.

                                Sección V
      Normas de actuación para los funcionarios policiales que no se
               presentan al servicio sin causa justificada
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