Fecha de Publicación: 17/01/1985
Página: 126-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 29/04/1985.

Artículo 40

   El Servicio de Tiro y Educación Física tendrá por misión:

   A) Asegurar la obtención, almacenamiento, mantenimiento, distribución y
      evacuación del material y equipo deportivo.

   B) Planificar, organizar y controlar las pruebas y competencias de
      Educación Física y Tiro del Ejército.

   C) Asegurar la conservación, funcionamiento y control de stands, campos
      y polígonos de tiro que no pertenezcan a los Cuerpos.

   D) Capacitar a los Oficiales y Personal Subalterno como Instructores de
      Educación Física para el Ejército.

   E) Representar al Ejército ante los Organismos y Federaciones similares
      deportivas nacionales.

   F) Planificar, organizar y controlar la selección y entrenamiento de
      las delegaciones deportivas que deban representar al Ejército en el
      ámbito Nacional e Internacional.


                 Servicio de Bandas Militares de Ejército


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