MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fe de erratas publicada/s: 29/04/1985.
Las servidumbres establecidas para todas las propiedades del país por el artículo 41 de la ley 14.157, del 21 de febrero de 1974, son exigibles a los efectos de la realización de las maniobras y ejercicios militares necesarios para la instrucción colectiva de los cuadros del Ejército.Ayuda