Fecha de Publicación: 17/01/1985
Página: 126-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 29/04/1985.

Artículo 196

   En los Cuerpos de Servicio a efectos de producir vacantes, cada tres
años pasará a retiro administrativo obligatorio el Jefe de grado máximo y
más antiguo del respectivo escalafón, siempre que exista personal en
condiciones de ocuparla.


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