Fecha de Publicación: 17/01/1985
Página: 126-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 29/04/1985.

Artículo 167

   La integración de los Organos de Calificación para Personal Superior de
los Servicios y de la Reserva y para el Personal Subalterno y Personal
Civil, será determinada por la reglamentación respectiva.
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