Fecha de Publicación: 17/01/1985
Página: 126-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 29/04/1985.

Artículo 162

   Las calificaciones del Personal Militar del Ejército se regirán por las
disposiciones de la ley 14.157, de 21 de febrero de 1974 y las que se
establecen en la presente ley y su reglamentación.


                       Organos de Calificación

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