Fecha de Publicación: 17/01/1985
Página: 126-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 29/04/1985.

Artículo 151

   Los sistemas de ascenso en cada grado y la formulación de las listas a
esos efectos se ajustarán a lo que disponga la reglamentación.
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