El Ejército será responsable de la planificación y ejecución del apoyo
logístico de sus componentes excepto cuando los mismos se presten por
acuerdos, convenios o asignaciones por parte de los Servicios conjuntos de
una y otra Fuerza en el Teatro de Operaciones o por el Ministerio de
Defensa Nacional, previo asesoramiento de la Junta de Comandantes en Jefe.
La requisa se ajustará a lo establecido en la Constitución de la
República y a las disposiciones legales pertinentes.