Fecha de Publicación: 30/01/1984
Página: 130-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE JUSTICIA

Fe de erratas publicada/s: 26/03/1984.

Artículo 16

   La Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo es un
órgano técnico, independiente en el ejercicio de sus funciones que, bajo
la jefatura del Procurador del Estado, tiene a su cargo el cometido de
dictaminar según su convicción estableciendo las conclusiones que crea
arregladas a derecho en todos los asuntos de la Jurisdicción del Tribunal
de lo Contencioso Administrativo. Este podrá asimismo disponer para mejor
proveer el dictamen del Procurador del Estado en lo Contencioso
Administrativo.
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