MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 05/02/1979.
Fíjanse para el ejercicio 1979 las siguientes paridas como contribución a los Rubros de Sueldos y Gastos de los Organismos que se indican, para atender el déficit que pueda se originado en los respectivos presupuestos financieros: A) Para la Administración de los Ferrocarriles del Estado (AFE), una partida de N$ 100:000.000 (nuevos pesos cien millones); B) Para las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA), una partida de hasta N$ 10:000.000 (nuevos pesos diez millones); C) Para la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica de Montevideo una partida de hasta N$ 5:400.000 (nuevos pesos cinco millones cuatrocientos mil); D) Para la Caja de Compensaciones por Desocupación en las Barracas de Lanas, Cueros y Afines una partida de hasta N$ 7:600.000 (nuevos pesos siete millones seiscientos mil); E) Para Industria Lobera y Pesquera del Estado (ILPE), la suma de hasta N$ 1:000.000 (nuevos pesos un millón);Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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