MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.
Los ascensos del Personal Subalterno serán conferidos:
A) De Soldado de 2ª a Soldado de 1ª, por el Jefe de la Unidad
respectiva;
B) De Cabo por los Jefes de Comando o nivel equivalente;
C) De Sargentos, Sargentos 1os. y Suboficial Mayor, por el Comandante en
Jefe de la Fuerza Aérea.
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