Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 7

   La Fuerza Aérea se organizará en: Comando y Cuartel General, 
Direcciones Nacionales, Direcciones Generales, Tribunales y Comisiones 
Especiales, Grandes Unidades, Unidades, Unidades Básicas, Institutos, 
Servicios y Reparticiones, de acuerdo a las necesidades y de conformidad 
con las reglamentaciones respectivas.

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