Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 59

   Excepción hecha del ascenso a Alférez, los ascensos en la Fuerza Aérea 
se otorgarán por los siguientes Sistemas:

A)   Antigüedad y Aptitudes;
B)   Antigüedad, Aptitudes y Suficiencia;
C)   Elección.
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