Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 44

   Complementando lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de 
las Fuerzas Armadas 14.157, de 21 de febrero de 1974, los cargos que se
especifican a continuación serán desempeñados por los Oficiales de los
siguientes Grados:

A)   Por Teniente General:

     1)   Comandante en Jefe;

B)   Por Brigadieres Generales:

     1)   Vicecomandante en Jefe;
     2)   Miembros del Tribunal de Ascensos y Recursos de la Fuerza Aérea;
     3)   Miembros del Tribunal Superior de Honor;
     4)   Comandante de la Fuerza Aérea Táctica;
     5)   Director Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
          Aeronáutica:
     6)   Jefe de Misión en el Exterior;

C)   Por Brigadieres Generales o Coroneles:

     1)   Jefe de Estado Mayor General;
     2)   Jefes de Comandos Aéreos;
     3)   Delegado ante la Junta Interamericana de Defensa y organismos
          internacionales similares;
     4)   Director de la Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo;
     5)   Director de la Escuela Militar de Aeronáutica;
     6)   Presidente de la Comisión Calificadora para Jefes y Oficiales
          Subalternos de la Fuerza Aérea;

D)   Por Coroneles:

     1)   Jefe de Brigada;
     2)   Director de la Escuela Técnica de Aeronáutica;
     3)   Director de Servicio;
     4)   Director de Institutos de Investigación y Desarrollo;
     5)   Director General;
     6)   Directores o Jefes de Reparticiones integrantes del Cuartel
          General de la Fuerza Aérea;
     7)   Director de Secretaría;
     8)   Jefe de Estado Mayor Personal del Comandante en Jefe;
     9)   Jefe de Estado Mayor Coordinador de la Fuerza Aérea;
     10)  Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea;
     11)  Inspector Delegado del Comando de la Fuerza Aérea;
     12)  Agregado Aéreo;

E)   Por Coroneles o Tenientes Coroneles:

     1)   Subdirector de la Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo;
     2)   Subdirector de la Escuela Militar de Aeronáutica;
     3)   Jefe de Estado Mayor de Comando Aéreo;
     4)   Jefe de Departamento del Estado Mayor Personal;
     5)   Jefe de División Instrucción de la Escuela de Comando y Estado
          Mayor Aéreo;
     6)   Agregado Aéreo Adjunto;
     7)   Ayudante del Comandante en Jefe;

F)   Por Tenientes Coroneles:

     1)   2º Jefe de Brigada;
     2)   Subdirector de la Escuela Técnica de Aeronáutica;
     3)   Subdirector de Repartición o 2º Jefe de Servicio;
     4)   Jefe de División del Estado Mayor General;
     5)   Jefe de Estudios de la Escuela Militar de Aeronáutica;
     6)   Jefe de Regimiento;
     7)   Jefe de Oficina de Enlace con Agregados Aéreos;

G)   Por Tenientes Coroneles o Mayores:

     1)   Ayudante del Vicecomandante en Jefe;
     2)   Jefes de Departamentos en Direcciones Generales;
     3)   Jefe de Curso en la Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo;
     4)   Secretario del Tribunal de Ascensos y Recursos;
     5)   Secretario de las Comisiones Calificadoras de la Fuerza Aérea;

H)   Por Mayores:

     1)   Jefe de Unidades Básicas;
     2)   2º Jefe de Regimiento;
     3)   Jefe del Cuerpo de Alumnos de la Escuela Militar de Aeronáutica
          y Escuela Técnica de Aeronáutica;
     4)   Jefe de Estudios de la Escuela Técnica de Aeronáutica;
     5)   Jefe de División;
     6)   Ayudante del Jefe de Comando Aéreo;
     7)   Jefe de Sección del Estado Mayor General;
     8)   Jefe de División del Estado Mayor de Comando Aéreo;

I)   Por Capitanes:

     1)   Comandante de Subunidad;
     2)   Jefe de Curso de la Escuela Militar de Aeronáutica o Escuela
          Técnica de Aeronáutica;
     3)   Ayudante de Jefe de Brigada, Director de Instituto o Jerarquía
          similar;
     4)   Secretario de la Comisión Calificadora del Personal Subalterno
          de la Fuerza Aérea.
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