Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 34

   El Cuerpo Aéreo estará compuesto por los siguientes Escalafones:

     Escalafón "A": Aviadores (Av.).
     Escalafón "B": Navegantes (Nav.).
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