Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 110

   La vacante de Alférez Administrativo existente a la fecha en la Fuerza
Aérea se contabilizará dentro de las establecidas por el artículo 65,
Cuerpo Técnico, Escalafón "D". A los efectos de la aplicación del retiro
obligatorio del titular de la misma, se regirá por lo establecido en el
artículo 100.
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