Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 106

   A los efectos de la aplicación de los Sistemas de Ascensos, Regulación 
de Cuadros y Calificaciones del Personal Superior, en los Grados de 
Alférez hasta Teniente Coronel se aplicará lo establecido en los
artículos 59, 61, 62 y 82, inciso C) en las jerarquías siguientes a las 
que ostenten los Oficiales a la fecha de promulgación de la misma, 
quedando sujetos a las disposiciones actuales vigentes.


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