MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fe de erratas publicada/s: 04/10/1977.
Al efectuarse las retroactividades que correspondan, se mantendrán las precedencias establecidas en cada promoción de la Escuela Naval, salvo los casos modificados por aplicación del artículo 62 de la Ley Orgánica de la Armada, 10.808, de 16 de octubre de 1946.Ayuda