Ley 14.697
Se establecen normas retoactivas de ascensos para Oficiales de la Armada Nacional.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1
A los actuales Capitanes de Corbeta del Cuerpo General en actividad, que
hayan computado en los grados anteriores más de los tiempos mínimos
exigibles para el ascenso, se les retrotraerá la fecha de ascenso en su
actual grado según el exceso de años pasados en dichas jerarquías, hasta
un máximo de 2 años.