Fecha de Publicación: 20/06/1977
Página: 501-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Ley 14.662

Se modifican disposicones de las leyes 13.318 y 14.106, referente a infracciones aduaneras.

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

                              PROYECTO DE LEY

Artículo 1

   Sustitúyese el artículo 286 de la ley 13.318 de 28 de diciembre de
1964, con la redacción dada por el artículo 279 de la ley 14.106, de 14
de marzo de 1973, por el siguiente:

          "Artículo 286. Los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados,
     establecimientos públicos y reparticiones del Estado y de los
     Municipios, quedan exentos de toda responsabilidad en materia de
     infracciones aduaneras.
          En ningún caso, lo establecido en el inciso precedente,
     exonerará del pago de los tributos que correspondiere abonar en toda
     entrada o salida, importación, exportación o tránsito de mercaderías
     o efectos".

APARICIO MENDEZ.- LUIS H. MEYER.- VALENTIN ARISMENDI.- FERNANDO BAYARDO
BENGOA.
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