Fecha de Publicación: 13/01/1977
Página: 91-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS 

Artículo 12

   Elimínanse del artículo 246º de la ley 13.318 de 28 de diciembre de 
1964, numeral 1º, incisos A) y D), las diferencias de valor, como 
infracción aduanera de diferencia, en las operaciones de importación o 
despacho.
 Asimismo se eliminan las referencias a las diferencias de valor
establecidas en los artículo 247º y 248º de la misma ley.
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