Fecha de Publicación: 18/11/1975
Página: 342-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 5

Las disposiciones de la presente ley se aplicarán sin perjuicio de la
potestad legislativa de decretar expresamente las honras que se estimen
procedentes (Artículo 85º, inciso 13 de la Constitución).
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