Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 94

La utilización de las emisoras radiales y de televisión del Servicio
Oficial de Difusión Radio Eléctrica (SODRE) se efectuará por la DINARP en
la medida y proporción que este último Organismo estime eficaz y
conveniente para las finalidades que persigue el Sistema Nacional de
Relaciones Públicas.
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