Fecha de Publicación: 17/06/1974
Página: 685-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 55

   Declárase que los períodos quinquenales y bienales de rotación
establecidos en el artículo 193 de la ley número 14.106, de 14 de marzo
de 1973, constituían períodos máximos y mínimos de prestación de 
servicios en el exterior y en la Cancillería, respectivamente, por lo 
que correspondía a la administración, dentro de los límites referidos 
y de acuerdo con las necesidades del servicio, determinar su extensión.



                              CAPITULO VIII
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