Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 56

   Con efecto al 1.o de enero de 1974, se derogan los recursos asignados 
en los incisos B) y C) del artículo 638 de la ley N.o 14.106, de 14 de marzo de 1973, y los incisos A) y B) del artículo 637 de la misma ley.

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