Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 386

  Modifícase el artículo 189 de la ley N.o 13.892, de 19 de octubre de 1970, cuya redacción quedará como sigue:

  "Artículo 189 El régimen de Residencias Médicas Hospitalarias se 
adjudicará por concurso abierto de oposición y méritos de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y a la reglamentación que para el caso se haga, entre aquellos egresados de la Facultad de Medicina que a la fecha del cierre del plazo de inscripción no tengan más de cuatro años de titulados".

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