Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 310

   Destínase una partida de $ 54:000.000 (cincuenta y cuatro millones de 
pesos), a fin de habilitar o reforzar el Renglón 072 de los Programas del Inciso. 
   El Poder Ejecutivo distribuirá la referida partida previo informe de la Contaduría General de la Nación, procediéndose a reducir en un 
monto equivalente las asignaciones del Rubro 1 ó del Rubro 2 de los respectivos Programas.

                             INCISO 9

        Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo

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