Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 154

   Declárase que el Ministerio de Defensa Nacional está comprendido en lo
dispuesto por el artículo 208 de la ley N.o 13.032, de 7 de diciembre de 
1961.
   El Poder Ejecutivo en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas
reglamentará la presente disposición.

Ayuda