CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.
Declárase que el Ministerio de Defensa Nacional está comprendido en lo dispuesto por el artículo 208 de la ley N.o 13.032, de 7 de diciembre de 1961. El Poder Ejecutivo en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas reglamentará la presente disposición.Ayuda