Fecha de Publicación: 09/05/1974
Página: 257-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 30/09/1974.

Artículo 147

   Las Pensiones Militares, a partir del 23 de junio de 1966, quedan 
comprendidas en el artículo 376 de la Ley Nº 13.032, de 7 de diciembre 
de 1961.
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