Destino es la ubicación de revista del personal militar en unidades, organismos o reparticiones del Ministerio de Defensa Nacional u otros del
Estado.
Los, destinos se otorgarán:
A) Por resolución del Poder Ejecutivo previa propuesta de los
respectivos Comandantes de las Fuerzas.
1) A los oficiales Generales y Superiores y Jefes en servicio,
efectivo con especificación de cargo.
2) Al personal militar en misión en el extranjero.
3) Al personal militar en Otros Ministerios u organismos.
B) Por resolución ministerial previa propuesta de los respectivos
Comandantes en Jefe de las Fuerzas, a los Oficiales hasta el
grado de Capitán o equivalente inclusive para:
1) Prestar servicios en Fuerzas distintas a la de origen.
2) Prestar servicios en organismos conjuntos.
3) Prestar servicios en dependencias del Ministerio de Defensa
Nacional.
C) Por disposición de los Comandantes en Jefe en su Fuerza
respectiva:
1) A los Oficiales hasta el grado de Capitán o equivalente
inclusive.
2) Al personal subalterno.