LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO III - ORGANIZACION
CAPITULO III - DIVISION DE EJERCITO
COMANDO DE APOYO LOGISTICO DIVISIONARIO

Artículo 24

   El Comando de Apoyo Logístico Divisionario es una organización militar
cuya misión es centralizar el Comando de distintos Servicios
Divisionarios, para proporcionar el apoyo a esa Gran Unidad. Su
composición varía con el volumen y organización de los elementos de
abastecimientos, transporte, mantenimiento y evacuación de acuerdo al
número de Unidades que integren la División de Ejército apoyada.
   Estará en condiciones, cuando razones operacionales o de ubicación
territorial lo aconsejen, de proporcionar elementos Logísticos en apoyo de
las Brigadas o Unidades que el Comando de la División disponga.
   El Jefe de Comando de Apoyo Logístico Divisionario es el responsable
ante el Comandante de la División de Ejército del funcionamiento del
sistema.
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