LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO VII - DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ESPECIALES

Artículo 235

   En los casos de retiro según lo dispuesto en los artículos 232, 233 y
234 se incluirá en la asignación mensual que se toma como base para el
haber de retiro, la totalidad de la asignación suplementaria prevista en
el artículo 42 de la ley 12.801, del 30 de noviembre de 1960 cuando se
computen siete o más años de permanencia en el grado, dos tercios cuando
se computen entre seis y siete años y un tercio de la misma cuando se
computen entre cinco y seis años. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 238 y 239.
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