LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO V - TRIBUNALES DE HONOR

Artículo 211

   Los miembros de la Justicia Militar y los Oficiales que ocupen cargos
jerárquicamente superiores al Tribunal de Honor no podrán formar parte de
éste. Los que, ocupando dichos cargos, fueren posteriormente elegidos para
el Tribunal, quedarán suspendidos en las funciones de éste mientras
ejerzan los cargos mencionados.
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