LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO IV - PERSONAL MILITAR
CAPITULO X - SITUACION DE RETIRO
RETIRO OBLIGATORIO

Artículo 196

   En los Cuerpos de Servicio a efectos de producir vacantes, cada tres
años pasará a retiro administrativo obligatorio el Jefe de grado máximo y
más antiguo del respectivo escalafón, siempre que exista personal en
condiciones de ocuparla.
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