SISTEMA OBLIGATORIO DE UNIDADES DE MEDIDAS




Promulgación: 07/07/1982
Publicación: 22/07/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 31
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 30

   Dentro del plazo de ciento ochenta días a partir de la entrada en
vigencia de la presente ley, deberán inscribirse en la Dirección de
Metrología Legal todos los fabricantes, importadores y reparadores de
instrumentos de medición a que refiere el numeral 4) del artículo 7 de la
presente ley.
Referencias al artículo
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