SISTEMA OBLIGATORIO DE UNIDADES DE MEDIDAS




Promulgación: 07/07/1982
Publicación: 22/07/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 31
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - INSTRUMENTOS DE MEDICION

Artículo 15

   Los instrumentos de medición empleados en transacciones comerciales,
deberán hallarse ubicados en lugar y forma tales que no afecten la
exactitud de las medidas y que permitan la inspección y verificación de
las operaciones a realizarse con ellos.
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