FUERZAS ARMADAS. CREACION DEL ARMA DE COMUNICACIONES EN EL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 07/01/1980
Publicación: 18/01/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 28
Reglamentada por: Decreto Nº 92/980 de 12/02/1980.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El Personal Superior (de Alférez a Mayor inclusive) del Cuerpo de
Comando que pase a integrar el Arma de Comunicaciones por aplicación de la
presente ley, ascenderá al grado inmediato superior en los tiempos
mínimos, por una sola vez, cuando cumpla con las condiciones de ascenso
correspondientes a su grado. (*)
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