PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1979




Promulgación: 28/12/1979
Publicación: 17/01/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 2012

Artículo 32

    Las funciones correspondientes a los cargos de Director del Aeropuerto
Internacional de Carrasco, Subdirector del Aeropuerto Internacional de
Carrasco y Directores de Aeropuertos de 1ª, 2ª y 3ª Categoría, serán
desempeñados por personal superior de la Fuerza Aérea, o funcionarios
designados por el Comando General de la Fuerza Aérea, a propuesta de la
Dirección General de Infraestructura Aeronáutica entre los titulares de
los cargos correspondientes a los Escalafones Técnico Profesional AaA y
AaB y Especializado Ac.

     La Dirección podrá, cuando lo estime conveniente para el mejor
cumplimiento de las funciones, revocar dicha designación, en cuyo caso el
funcionario pasará a desempeñar el cargo del cual es titular.

     El personal civil que cumpla funciones a que se hace referencia en el
inciso anterior, percibirá las siguientes remuneraciones complementarias:
el Director del Aeropuerto Internacional de Carrasco, el 45% (cuarenta y
cinco por ciento), el Subdirector del Aeropuerto Internacional de Carrasco
y los Directores de Aeropuertos de Primera Categoría el 30% (treinta por
ciento) y los Directores de Aeropuertos de Segunda y Tercera Categoría el
20% (veinte por ciento) de sus sueldos.
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