APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 24/01/1979
Publicación: 31/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 71
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - NORMAS DE EJECUCION PRESUPUESTAL

Artículo 24

   A partir del primer día del mes siguiente a la publicación de la
presente ley, el beneficio a que se refieren los artículos 115 y
siguientes de la ley 13.241, de 31 de enero de 1964 y 20 de la ley 14.106,
de 14 de marzo de 1973, se considerará sueldo a todos sus efectos.
Referencias al artículo
Ayuda