Suprímese a partir del 1º de enero de 1979 el Sub-Rubro 04 (Jornales),
trasfiriéndose el crédito de los respectivos renglones a sus similares del
Sub-Rubro 02 (Sueldos y Jornales con cargo a Partidas Globales).
La Contaduría General de la Nación efectuará los ajustes pertinentes
para el cumplimiento de la presente disposición.