APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 24/01/1979
Publicación: 31/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 71
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - NORMAS DE EJECUCION PRESUPUESTAL

Artículo 12

   Los créditos para el ejercicio 1979 de los Rubros 1, 2 y 7 al 9 de los
Programas comprendidos en el Presupuesto Nacional, se fijan en las
asignaciones vigentes al 31 de diciembre de 1978, incrementados en un 15%
(quince por ciento) y redondeados a la centena superior. A efectos de este
cálculo, se excluirán los montos de los créditos afectados a suministros.
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