INTEGRACION DE TRIBUNALES DE APELACIONES EN CASOS DE VACANCIA EXCUSACION O RECUSACION DE ALGUNOS DE SUS MIEMBROS Y FORMAS DE PRESENTAR RECURSOS




Promulgación: 08/01/1979
Publicación: 19/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

TITULO III - DEL RECURSO DE CASACION EN MATERIA CIVIL
CAPITULO II

Artículo 18

   El escrito respectivo deberá presentarse ante el propio Tribunal de
Apelaciones que dictó el fallo y contendrá necesariamente:

1º) La mención de las normas de derecho infringidas o erróneamente
    aplicadas; y
2º) La invocación de las causales legales de casación.

   Fuera de esta oportunidad, no podrán alegarse nuevos  motivos de
casación ni modificarse o ampliarse los ya propuestos.
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