LEY ORGANICA DE LA FUERZA AEREA




Promulgación: 28/12/1977
Publicación: 30/12/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1396
Referencias a toda la norma

TITULO II - PERSONAL
CAPITULO III - DE LAS CONDICIONES GENERALES PARA EL ASCENSO

Artículo 56

El Oficial que no cumpla con las exigencias de los cursos establecidos en
el artículo precedente en dos oportunidades en el mismo Grado, por causas
que le sean imputables, será pasado a Situación de Retiro o Baja según
corresponda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 203 de la Ley
Orgánica de las Fuerzas Armadas 14.157, de 21 de febrero de 1974.
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