APROBACION DE NORMAS PARA LAS IMPORTACIONES QUE REALICE ANTEL




Promulgación: 03/12/1976
Publicación: 15/12/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1414

Artículo 1

Las importaciones que realice directamente la Administración Nacional de
Telecomunicaciones (ANTEL) gozarán del mismo régimen establecido en los
artículos 4º y 5º de la ley 14.547, de 26 de agosto de 1976, salvo para
las importaciones de materiales no comprendidos en las obras del proyecto
a que se refiere el artículo 1º de dicha ley, para las cuales será de
aplicación lo establecido en el decreto 923/975, de 2 de diciembre de
1975.

APARICIO MENDEZ - ARMANDO CHIARINO AGUIRRE - JUAN CARLOS BLANCO - VALENTIN
ARISMENDI - DANIEL DARRACQ - EDUARDO SAMPSON - LUIS H. MEYER
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