DETERMINACION QUE LAS SOCIEDADES DE FOMENTO RURAL CONSTITUIDAS EN FORMA DE SOCIEDADES ANONIMAS PUEDAN TRANFORMARSE EN ASOCIACIONES CIVILES




Promulgación: 26/11/1976
Publicación: 07/12/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1378

Artículo 3

En el caso de operarse la disolución de las asociaciones civiles
emergentes de la transformación prevista por el artículo 1º los bienes
remanentes de su liquidación pasarán a ser propiedad del Estado, el cual
los afectará a servicios prestados por los Ministerios de Salud Pública y
Educación y Cultura.
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