RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1974




Promulgación: 28/08/1975
Publicación: 08/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 464

CAPITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y FIJACION DEL DEFICIT

Artículo 4

Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir una Deuda Interna de Consolidación
1975, hasta la suma de N$ 215:671.575.49 (doscientos quince millones
seiscientos setenta y un mil quinientos setenta y cinco nuevos pesos con
49/100) valor nominal, destinados a cancelar el déficit del Tesoro
Nacional hasta el 31 de diciembre de 1974.

 La amortización se hará mediante una cuota del 3% (tres por ciento)
anual, con un año de gracia y por sorteo.

 El interés será del 5% (cinco por ciento) anual pagadero semestralmente.

 El Poder Ejecutivo podrá realizar amortizaciones extraordinarias cuando
lo considere oportuno.
Referencias al artículo
Ayuda