RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1974




Promulgación: 28/08/1975
Publicación: 08/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 464

CAPITULO XIII - NORMAS TRIBUTARIAS

Artículo 351

Rebájanse al 5% (cinco por ciento) a partir del 1º de octubre de 1975, las
bonificaciones establecidas en los artículos 3º de la ley 13.123, de 4 de
abril de 1963, modificativas y concordantes y 539º de la ley 14.189, de 30
de abril de 1974. A partir del 1º de enero de 1976 estas bonificaciones
quedarán totalmente derogadas.
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