RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1974




Promulgación: 28/08/1975
Publicación: 08/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 464

CAPITULO XI
INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 322

Los funcionarios redistribuidos al Banco de Previsión Social, provenientes
de la Administración Central, Entes Autónomos y Servicios
Descentralizados, serán incorporados definitivamente en el último grado
del Escalafón respectivo, habilitándose los cargos que sean necesarios en
los correspondientes Programas y suprimiéndose los correspondientes en las
oficinas de origen.
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