RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1974




Promulgación: 28/08/1975
Publicación: 08/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 464

CAPITULO XI
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 275

Fíjase una Partida de N$ 600.000 (seiscientos mil nuevos pesos), la que
anualmente será distribuida por el Poder Ejecutivo, en acuerdo con los
Ministerios de Salud Pública y Economía y Finanzas, entre las
instituciones privadas de acción en el campo de la salud.
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